Diferencia entre revisiones de «Discriminación»
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Revisión de 13:04 13 abr 2015
Cientos de millones de personas son víctimas de la discriminación en el mundo del trabajo. Esto viola derechos humanos fundamentales, y además tiene profundas consecuencias económicas y sociales.
La discriminación es definida por la OIT en el Convenio núm. 111, sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 como:
Cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.
La discriminación sofoca las oportunidades, desperdicia un talento humano que es necesario para el progreso, y acentúa las tensiones y desigualdades sociales.
Combatir la discriminación es un componente esencial del Trabajo Decente, y los logros repercuten mucho más allá del lugar de trabajo.
Los temas relacionados con la discriminación están presentes en todo el trabajo de la OIT. Al promover la libertad sindical, por ejemplo, la OIT busca prevenir la discriminación contra los sindicatos y sus dirigentes. Los programas para combatir el trabajo forzoso y el trabajo infantil incluyen el apoyo a niñas y mujeres que están atrapadas en redes de prostitución o explotadas en servicio doméstico obligatorio. La no discriminación es el principio más importante del repertorio de recomendaciones prácticas sobre VIH/SIDA y el mundo del trabajo. Las directrices de la OIT sobre legislación laboral incluyen el tema de la discriminación.
Se puede distinguir entre:
- discriminación directa –cuando la distinción, exclusión o preferencia es explícita en las normas, claúsulas, acciones o prácticas sociales-
- y discriminación indirecta –cuando aún tratándose de normas, claúsulas, acciones o prácticas sociales que aparentemente no entrañen discriminación, que aparecen como “neutras”, su aplicación o efecto entraña consecuencias desproporcionadamente negativas para un determinado grupo de la población.
Véase también
Bibliografía de interés
- "La igualdad en el trabajo: un objetivo que sigue pendiente de cumplirse. Informe del Director General. Informe Global con arreglo al seguimiento de la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo. Conferencia Internacional del Trabajo, 100.a reunión, 2011
- Estudio General sobre los convenios fundamentales relativos a los derechos en el trabajo a la luz de la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa de 2008. Igualdad, no discriminación e igualdad de remuneración en el empleo y la ocupación: Parte V, páginas 289-396. OIT, 2012.
Enlaces externos
- Web OIT Igualdad y discriminación
- Web La OIT y la igualdad de género
- Caja de herramientas para capacitación de PRO 169 sobre los derechos de los pueblos indígenas
- Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe. Comisión Económica para América Latina de Naciones Unidas -CEPAL-. División de Asuntos de Género
- La igualdad de género en el corazón del Trabajo Decente. Campaña OIT 2009