Diferencia entre revisiones de «Convenios Internacionales OIT»
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Revisión de 15:55 20 ene 2015
Son tratados internacionales (Normas Internacionales) legalmente vinculantes que pueden ser ratificados por los Estados Miembros. Una vez adoptados, se requiere que los Estados Miembros, en virtud de la Constitución de la OIT, los sometan a sus autoridades competentes (normalmente el Parlamento) para su examen. Si un país decide ratificar un convenio, en general éste entra en vigor para ese país un año después de la fecha de la ratificación. Los países que ratifican un convenio están obligados a aplicarlo en la legislación y en la práctica nacionales, y tienen que enviar a la Oficina memorias sobre su aplicación a intervalos regulares.
El Consejo de Administración de la OIT ha establecido que ocho convenios son "fundamentales". Estos abarcan temas que son considerados como principios y derechos fundamentales en el trabajo:
- la libertad de asociación y la libertad sindical, y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva: Convenio nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 y Convenio nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949.
- la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio: Convenio nº 29 sobre el trabajo forzoso, 1930 y Convenio nº 105 sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957.
- la abolición efectiva del trabajo infantil: Convenio nº 138 sobre la edad mínima, 1973 y Convenio nº 182 sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999.
- y la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación: Convenio nº 100 sobre igualdad de remuneración, 1951 Convenio nº 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958.
Estos principios también están incluidos en la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo (1998) y tienen un mecanismo de seguimiento específico en la CIT anual y son de obligado cumplimiento para los Estados Miembros por su pertenencia a la Organización, aún cuando no los hayan rectificado.
El Consejo de Administración de la OIT también ha designado otros cuatro convenios como instrumentos "prioritarios", por lo cual impulsa a los Estados Miembros a su ratificación, en razón de su importancia para el funcionamiento del sistema de normas internacionales del trabajo. Desde 2008, estos convenios están calificados de Convenios de gobernanza, ya que fueron identificados por la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una mundialización equitativa (2008) como las normas que revistan mayor importancia en relación con la gobernanza:
Actualmente existen 189 Convenios Internacionales y 199 Recomendaciones. Los temas comprendidos en las normas internacionales del trabajo son:
- Libertad sindical, negociación colectiva y relaciones de trabajo
- Trabajo forzoso
- Eliminación del trabajo infantil y protección de los niños y las niñas y los menores
- Igualdad de oportunidades y de trato
- Consultas tripartitas
- Administración e inspección del trabajo
- Política y promoción del empleo
- Orientación y formación profesionales
- Seguridad del empleo
- Salarios
- Horas de trabajo
- Seguridad y salud en el trabajo
- Seguridad social
- Protección de la maternidad
- Política social
- Trabajadores migrantes
- Trabajo Domestico
- Gente de mar
- Pescadores
- Trabajadores portuarios
- Pueblos indígenas y tribales
- Categorías específicas de trabajadores
- Convenios sobre los artículos finales
Las Recomendaciones si ben son Normas Internacionales también, actúan como directrices no vinculantes, desarrollando y ampliando los mínimos establecidos en los Convenios. No obstante en ocasiones puede haber Recomendaciones no vinculadas a ningún convenio, que desarrollan líneas de acción frente a un tema concreto pero no han llegado al consenso necesario para convertirse en norma vinculante (Convenio).
Materiales formativos
La propuesta formativa de ACTRAV-CIF Trabajo Decente al Cubo incorpora en el eje de Normas un manual introductorio a la actividad normativa de la OIT que presenta y analiza, desde un punto de vista pedagógico, los convenios fundamentales:
Véase también
Enlaces externos
- NORMALEX. OIT.: Sistema que ofrece información sobre las Normas Internacionales del Trabajo (tal como información sobre ratificaciones, la obligación de envío de memorias, los comentarios de los órganos de control. etc.) y sobre la legislación nacional sobre trabajo y seguridad social.