Diferencia entre revisiones de «Consejo de Administración de la OIT»

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El Consejo está compuesto por 56 miembros titulares (28 gobiernos, 14 de organizaciones empresariales y 14 de organizaciones sindicales) y por 66 miembros adjuntos (28 gobiernos, 19 de organizaciones empresariales y 19 de organizaciones sindicales). Diez de los puestos gubernamentales quedan reservados a los Miembros de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los demás miembros gubernamentales son elegidos por la Conferencia cada tres años (las últimas elecciones se celebraron en junio de 2014). Los miembros empleadores y trabajadores son elegidos en su capacidad individual.
 
El Consejo está compuesto por 56 miembros titulares (28 gobiernos, 14 de organizaciones empresariales y 14 de organizaciones sindicales) y por 66 miembros adjuntos (28 gobiernos, 19 de organizaciones empresariales y 19 de organizaciones sindicales). Diez de los puestos gubernamentales quedan reservados a los Miembros de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los demás miembros gubernamentales son elegidos por la Conferencia cada tres años (las últimas elecciones se celebraron en junio de 2014). Los miembros empleadores y trabajadores son elegidos en su capacidad individual.
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== Funciones del Consejo de Administración ==
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* Funciones relativas al '''funcionamiento de la Oficina''' (indicadas en la Constitución)
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** Aprobación de las reglas que rigen al personal (artículo 9.1)
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** Directivas formuladas por el Consejo respecto de la actividad de la Oficina (artículo 10)
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** Control del empleo de los fondos (artículo 13.5)
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** Adopción de las reglas relativas a la preparación por la Oficina de los trabajos de la Conferencia (artículo 14.2), con inclusión de los detalles sobre el envío de informes a la Conferencia (artículo 15.2)
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* Funciones relativas al '''funcionamiento de la Organización''' (indicadas en la Constitución)
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** Elección del Director General (artículo 8.1)
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** Lugar de reunión de la Conferencia (artículo 5)
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** Orden del día de la Conferencia (artículo 14.1)
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** Solicitud de memorias sobre los convenios no ratificados y las recomendaciones en virtud del artículo 19.5,e), 6, d), y 7, b), iv) y v)
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** Forma de las memorias presentadas en virtud del artículo 22
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** Examen de las reclamaciones (artículos 24 y 25)
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** Presentación de una queja contra un Miembro (artículo 26.4)
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** Comunicación de las quejas al gobierno contra el cual se presentan (artículo 26.2)
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** Nombramiento de una comisión de encuesta (artículo 26.3)
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** Recomendaciones a la Conferencia para garantizar la puesta en práctica de las conclusiones de las comisiones de encuesta (artículos 33 y 34)
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** Formulación y sumisión a la aprobación de la Conferencia de reglas para establecer un tribunal competente en materia de interpretación de los convenios (artículo 37.2)
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** Formulación de las reglas para las conferencias regionales (artículo 38.2)
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* Funciones '''encomendadas por la Conferencia''', que vienen contempladas ya sea en el Reglamento de la Conferencia (RC) o en el Reglamento Financiero (RF).
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** Decisiones relativas a la representación de organizaciones internacionales no gubernamentales ante la Conferencia (RC; artículo 2.4).
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** Opinión sobre las proposiciones sometidas a la Conferencia que impliquen gastos (RC; artículo 18).
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** Reducción de los plazos para la preparación de las normas internacionales del trabajo (RC; artículos 38.3, 39.5 y 39.8).
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** Examen y aprobación del proyecto de presupuesto presentado por el Director General con miras a someterlo a la Conferencia (RF; artículos 5 y 6).
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** Examen de las tasas de contribución correspondientes a cada Miembro de la Organización (RF; artículo 9).
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** Autorización para la utilización del Fondo de Construcciones y Alojamiento (RF; artículo 11.3), así como de la cuenta de programas especiales (RF; artículo 11.9).
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** Aprobación de los gastos financiados mediante un crédito sin especificación del objeto preciso al que será destinado (RF; artículo 15).
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** Autorización de las transferencias de una partida a otra de la misma parte del presupuesto (RF; artículo 16).
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** Autorización del pago de obligaciones relacionadas con ejercicios económicos anteriores al último ejercicio económico (RF; artículo 17.2).
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** Autorización de la financiación de gastos incurridos para hacer frente a necesidades imprevistas o circunstancias excepcionales con cargo al Fondo de Operaciones (RF; artículo 21.1,a)) o autorización para contraer préstamos o solicitar anticipos (RF; artículo 21.1,b)).
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** Recomendación con miras a una contribución adicional de los Estados Miembros para el Fondo de Operaciones (RF; artículo 21.3).
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** Nombramiento del Auditor Externo (RF; artículo 35).
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** Aprobación del Reglamento Financiero (RF; artículo 40).
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** Aprobación de disposiciones provisionales en caso de urgencia (RF; artículo 41).
  
 
== Véase también ==
 
== Véase también ==
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* [[Representantes de las trabajadoras y los trabajadores]]
 
* [[Conferencia Internacional del Trabajo –CIT–]]
 
* [[Conferencia Internacional del Trabajo –CIT–]]
 
* [[ACTRAV. Oficina de Actividades para los Trabajadores y las Trabajadoras de la OIT]]
 
* [[ACTRAV. Oficina de Actividades para los Trabajadores y las Trabajadoras de la OIT]]
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* [http://ilo.org/gb/GBSessions/GB322/lang--es/index.htm 322.ª reunión del Consejo de Administración]
 
* [http://ilo.org/gb/GBSessions/GB322/lang--es/index.htm 322.ª reunión del Consejo de Administración]
  
[Categoria:OIT]
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[[Category:OIT]]

Última revisión de 12:41 27 ene 2015

El Consejo de Administración es el órgano ejecutivo de la Organización Internacional del Trabajo (la Oficina es la secretaría de la Organización). Se reúne tres veces por año, en marzo, junio y noviembre. Toma decisiones sobre la política de la OIT, determina el orden del día de la Conferencia Internacional del Trabajo, adopta el Programa y Presupuesto antes de su presentación a la Conferencia, y elige al Director General.

El Consejo está compuesto por 56 miembros titulares (28 gobiernos, 14 de organizaciones empresariales y 14 de organizaciones sindicales) y por 66 miembros adjuntos (28 gobiernos, 19 de organizaciones empresariales y 19 de organizaciones sindicales). Diez de los puestos gubernamentales quedan reservados a los Miembros de mayor importancia industrial (Alemania, Brasil, China, Estados Unidos, Francia, India, Italia, Japón, Reino Unido y Federación de Rusia). Los demás miembros gubernamentales son elegidos por la Conferencia cada tres años (las últimas elecciones se celebraron en junio de 2014). Los miembros empleadores y trabajadores son elegidos en su capacidad individual.

Funciones del Consejo de Administración

  • Funciones relativas al funcionamiento de la Oficina (indicadas en la Constitución)
    • Aprobación de las reglas que rigen al personal (artículo 9.1)
    • Directivas formuladas por el Consejo respecto de la actividad de la Oficina (artículo 10)
    • Control del empleo de los fondos (artículo 13.5)
    • Adopción de las reglas relativas a la preparación por la Oficina de los trabajos de la Conferencia (artículo 14.2), con inclusión de los detalles sobre el envío de informes a la Conferencia (artículo 15.2)
  • Funciones relativas al funcionamiento de la Organización (indicadas en la Constitución)
    • Elección del Director General (artículo 8.1)
    • Lugar de reunión de la Conferencia (artículo 5)
    • Orden del día de la Conferencia (artículo 14.1)
    • Solicitud de memorias sobre los convenios no ratificados y las recomendaciones en virtud del artículo 19.5,e), 6, d), y 7, b), iv) y v)
    • Forma de las memorias presentadas en virtud del artículo 22
    • Examen de las reclamaciones (artículos 24 y 25)
    • Presentación de una queja contra un Miembro (artículo 26.4)
    • Comunicación de las quejas al gobierno contra el cual se presentan (artículo 26.2)
    • Nombramiento de una comisión de encuesta (artículo 26.3)
    • Recomendaciones a la Conferencia para garantizar la puesta en práctica de las conclusiones de las comisiones de encuesta (artículos 33 y 34)
    • Formulación y sumisión a la aprobación de la Conferencia de reglas para establecer un tribunal competente en materia de interpretación de los convenios (artículo 37.2)
    • Formulación de las reglas para las conferencias regionales (artículo 38.2)
  • Funciones encomendadas por la Conferencia, que vienen contempladas ya sea en el Reglamento de la Conferencia (RC) o en el Reglamento Financiero (RF).
    • Decisiones relativas a la representación de organizaciones internacionales no gubernamentales ante la Conferencia (RC; artículo 2.4).
    • Opinión sobre las proposiciones sometidas a la Conferencia que impliquen gastos (RC; artículo 18).
    • Reducción de los plazos para la preparación de las normas internacionales del trabajo (RC; artículos 38.3, 39.5 y 39.8).
    • Examen y aprobación del proyecto de presupuesto presentado por el Director General con miras a someterlo a la Conferencia (RF; artículos 5 y 6).
    • Examen de las tasas de contribución correspondientes a cada Miembro de la Organización (RF; artículo 9).
    • Autorización para la utilización del Fondo de Construcciones y Alojamiento (RF; artículo 11.3), así como de la cuenta de programas especiales (RF; artículo 11.9).
    • Aprobación de los gastos financiados mediante un crédito sin especificación del objeto preciso al que será destinado (RF; artículo 15).
    • Autorización de las transferencias de una partida a otra de la misma parte del presupuesto (RF; artículo 16).
    • Autorización del pago de obligaciones relacionadas con ejercicios económicos anteriores al último ejercicio económico (RF; artículo 17.2).
    • Autorización de la financiación de gastos incurridos para hacer frente a necesidades imprevistas o circunstancias excepcionales con cargo al Fondo de Operaciones (RF; artículo 21.1,a)) o autorización para contraer préstamos o solicitar anticipos (RF; artículo 21.1,b)).
    • Recomendación con miras a una contribución adicional de los Estados Miembros para el Fondo de Operaciones (RF; artículo 21.3).
    • Nombramiento del Auditor Externo (RF; artículo 35).
    • Aprobación del Reglamento Financiero (RF; artículo 40).
    • Aprobación de disposiciones provisionales en caso de urgencia (RF; artículo 41).

Véase también

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