Normas Internacionales del Trabajo OIT

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Son instrumentos jurídicos preparados por los mandantes de la OIT (gobiernos, organizaciones empresariales y organizaciones sindicales) que establecen unos principios y unos derechos básicos en el trabajo, y que se desarrollan a partir de una creciente preocupación internacional en torno a que debe hacerse algo para afrontar determinados problemas.

Se adoptan en la Conferencia Internacional del Trabajo –CIT– de la OIT, que se reúne anualmente. Una vez adoptadas las normas, se requiere de sus Estados Miembros, en virtud de la Constitución de la OIT, que las sometan a sus autoridades competentes (normalmente el Parlamento) para su examen.

Las normas se dividen en Convenios Internacionales OIT, tratados internacionales legalmente vinculantes, que pueden ser ratificados por los Estados Miembros, y Recomendaciones, que actúan como directrices no vinculantes.

En muchos casos, un convenio establece los principios básicos que deben aplicar los países que lo ratifican, mientras que una recomendación relacionada complementa al convenio, proporcionando directrices más detalladas sobre su aplicación. Las recomendaciones también pueden ser autónomas, es decir, no vinculadas con ningún convenio. Existen en la actualidad 188 convenios y 199 recomendaciones, datando algunos de 1919.

Materiales formativos

La propuesta formativa de ACTRAV-CIF Trabajo Decente al Cubo incorpora en el eje de Normas un manual introductorio a la actividad normativa de la OIT que presenta y analiza, desde un punto de vista pedagógico, los convenios fundamentales:

Véase también

Enlaces externos

  • NORMALEX. OIT.: Sistema que ofrece información sobre las Normas Internacionales del Trabajo (tal como información sobre ratificaciones, la obligación de envío de memorias, los comentarios de los órganos de control. etc.) y sobre la legislación nacional sobre trabajo y seguridad social.

[Categoria:OIT]